
#JYDPolítica Nación
Bogotá. La Corte Constitucional suspendió de manera provisional el segundo pago del impuesto al patrimonio decretado por el Gobierno nacional en el marco de la emergencia económica por la ola invernal en el norte del país. La decisión no cobija a todos los contribuyentes, sino específicamente a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen especial tributario.
Entre las beneficiadas están organizaciones con fines sociales como universidades y hospitales que acrediten ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales que su actividad es de carácter social, humanitario, artístico o comunitario.
Las instituciones de educación superior habían advertido sobre el impacto financiero que implicaría el pago de este tributo, señalando que no estaba contemplado en sus proyecciones ni en el calendario tributario oficial. Según alertaron, el impuesto podría afectar de manera desproporcionada sus finanzas.
Aunque la primera cuota del impuesto ya fue recaudada, la segunda estaba programada para el próximo 4 de mayo. Con la decisión de la Corte, el cobro queda suspendido temporalmente hasta que se adopte un fallo de fondo sobre la constitucionalidad del decreto.
La determinación no fue unánime. Los magistrados Héctor Carvajal, Juan Carlos Cortés y Vladimir Fernández votaron en contra de la suspensión.
En el proceso, la Asociación Colombiana de Universidades intervino solicitando la suspensión provisional del impuesto para las personas jurídicas del régimen especial, así como la declaración de inconstitucionalidad del decreto que lo creó.
Ascun argumentó que el impuesto “carece de motivación” o que esta es “inadecuada e insuficiente”, al no explicar de forma clara por qué el tributo es necesario ni detallar el monto requerido para atender la emergencia o el destino específico de los recursos.
El debate en la Corte había estado estancado por seis impedimentos. La magistrada Lina Escobar, ponente del caso, presentó su impedimento el pasado 27 de abril, al igual que las magistradas Paola Meneses y Natalia Ángel, junto con los magistrados Carlos Camargo y Miguel Polo. Mientras no se resolvían estos recursos, la discusión no había podido avanzar en el alto tribunal.