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Bogotá. El Tribunal Superior de Bogotá negó la tutela que buscaba impedir la posesión de Abelardo De la Espriella como presidente de Colombia por su doble nacionalidad, al considerar que no existe una inhabilidad constitucional que le impida ejercer el cargo por ser colombiano de nacimiento.
Con la decisión, el Tribunal resolvió «negar la tutela acumulada instaurada por Gary Ernesto Martínez Gordón contra el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil», poniendo fin al debate jurídico que había cobrado fuerza en los últimos días sobre la elegibilidad del mandatario electo.
En la acción constitucional, el ciudadano Martínez Gordón solicitaba que no se permitiera la posesión de De la Espriella como presidente, al considerar que su participación en el proceso electoral vulneraba derechos y principios constitucionales.
Según el fallo, el accionante alegó la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la participación política, la soberanía popular, el debido proceso electoral, la supremacía constitucional, el principio democrático y la garantía de efectividad de los derechos y preservación del orden constitucional. En ese sentido, sostenía que el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Registraduría Nacional del Estado Civil incurrieron en una actuación irregular al permitir y mantener la candidatura de Abelardo De la Espriella.
Sin embargo, el Tribunal concluyó que la doble nacionalidad, por sí sola, no constituye una causal de inhabilidad para un colombiano por nacimiento. La corporación explicó que las restricciones constitucionales sobre este aspecto solo aplican en los casos expresamente previstos por la Constitución y recordó que el artículo 179 establece una excepción para los colombianos de nacimiento frente al impedimento relacionado con la doble nacionalidad.
Asimismo, la decisión cita la jurisprudencia de la Corte Constitucional, según la cual la adquisición de una segunda nacionalidad no implica la pérdida de los derechos políticos ni impide el acceso a cargos públicos para quienes son colombianos por nacimiento.
Con esta decisión, el Tribunal Superior de Bogotá dejó sin efecto la pretensión de impedir la posesión de Abelardo De la Espriella con fundamento en su doble nacionalidad.